“Desde hace tiempo”, es el titulo de la carta apostólica en forma de motu proprio, publicada este lunes 17 de abril, con la que el Papa estableció excluir “del voto deliberativo a la edad de ochenta años a los obispos miembros del Sínodo de los Obispos” de las Iglesias Orientales.
El texto firmado por Francisco explica de entrada que han sido “las dificultades surgidas en los Sínodos de los Obispos de las Iglesias Patriarcales y Arzobispales Mayores, debido al número de obispos eméritos que participan en ellos con voz activa, especialmente en la elección de obispos y jefes y padres de las respectivas Iglesias sui iuris” (es decir, de propio derecho) las que han dado lugar a este cambio normativo.
Dificultades que, por tanto, llevaron a los líderes de estas Iglesias a solicitar la norma que el obispo de Roma ha estipulado en el documento citado, que modifica los cánones 66, § 1, 102, 149 y 183 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales.
La carta apostólica precisa que la nueva normativa, que entrará en vigor dentro de un mes, “no se aplicará” a los “patriarcas, arzobispos mayores, obispos eparquiales y exarcas ordenados obispos” actualmente en funciones, “aunque tengan más de ochenta años”.