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El Papa establece el límite de 80 años para elegir líderes en las Iglesias Orientales“Desde hace tiempo”, es el titulo de la carta apostólica en forma de motu proprio, publicada este lunes 17 de abril, con la que el Papa estableció excluir “del voto deliberativo a la edad de ochenta años a los obispos miembros del Sínodo de los Obispos” de las Iglesias Orientales.

El texto firmado por Francisco explica de entrada que han sido “las dificultades surgidas en los Sínodos de los Obispos de las Iglesias Patriarcales y Arzobispales Mayores, debido al número de obispos eméritos que participan en ellos con voz activa, especialmente en la elección de obispos y jefes y padres de las respectivas Iglesias sui iuris” (es decir, de propio derecho) las que han dado lugar a este cambio normativo.

Carta Apostólica
en forma de Motu Proprio
del Sumo Pontífice

Francisco

por el que se modifican los plazos de recurso
del miembro despedido de un instituto de vida consagrada

«Expedit ut iura personarum apte definiantur atque in tuto ponantur» (AAS, LXXV [1983], Pars II, XXII). Fue este el sexto principio general que el Sínodo de los Obispos, en octubre de 1967, aprobó para la revisión del Código de Derecho Canónico y que aún hoy sigue vigente, reconociendo a la tutela y a la protección de los derechos subjetivos un lugar privilegiado en el ordenamiento jurídico de la Iglesia. Ello adquiere especial relevancia en los acontecimientos más delicados de la vida eclesial, como son los procedimientos relativos al status jurídico de las personas.

Monseñor Juan Ignacio Arrieta, Secretario del Dicasterio para los Textos Legislativos, ayuda a comprender los puntos más importantes de las modificaciones al motu proprio sobre la lucha contra los abusos en la Iglesia.

“Era una ley provisional y ahora se ha hecho una ley definitiva, teniendo en cuenta la experiencia práctica de la aplicación de aquella ley provisional, con muy pocos retoques”. Son las palabras con que Monseñor Juan Ignacio Arrieta, Secretario del Dicasterio para los Textos Legislativos, explica el aspecto esencial de las modificaciones al motu proprio Vos estis lux mundi, publicadas este sábado 25 de marzo.

Publicamos la traducción al español del Motu proprio Vos estis lux mundi, de fecha 25 de marzo de 2023.

Carta Apostolica
en forma de «Motu Proprio»

del Sumo Pontífice
Francisco

“Vos estis lux mundi”

«Vosotros sois la luz del mundo. No se puede ocultar una ciudad puesta en lo alto de un monte» (Mt 5,14).

Nuestro Señor Jesucristo llama a todos los fieles a ser un ejemplo luminoso de virtud, integridad y santidad. De hecho, todos estamos llamados a dar testimonio concreto de la fe en Cristo en nuestra vida y, en particular, en nuestra relación con el prójimo.

El Papa confirma “Vos estis lux mundi”, el procedimiento contra los abusosDespués de casi cuatro años de experimentación, tras haber consultado a los episcopados y a los dicasterios de la Curia Romana, el Papa Francisco ha promulgado definitivamente los procedimientos para prevenir y combatir el fenómeno de los abusos sexuales en el seno de la Iglesia católica. Se ha publicado hoy la nueva versión del motu proprio "Vos estis lux mundi" que entra en vigor el 30 de abril y deroga la precedente de mayo de 2019 y confirma la voluntad de proseguir en la lucha contra estos delitos.

La novedad más significativa introducida en la nueva versión de la legislación se refiere al "Título II", con las disposiciones relativas a las responsabilidades de los obispos, superiores religiosos y clérigos encargados de la guía de una Iglesia particular o de una prelatura. En efecto, también se han añadido los "fieles laicos que son o hayan sido moderadores de asociaciones internacionales de fieles reconocidas o erigidas por la Sede Apostólica, para los hechos cometidos" mientras ejercían su cargo.

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