Rescripto ex audientia Ss.mi, 21-II-2023
El Santo Padre, en la Audiencia concedida el 20 de febrero al infrascrito Cardenal Prefecto del Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, ha confirmado cuanto sigue respecto a la aplicación de su Motu proprio Traditionis custodes de 16 de julio de 2021.
Son dispensas reservadas de modo especial a la Sede Apostólica (cf. C.I.C. can. 87 §1):
el uso de una iglesia parroquial o la erección de una parroquia personal para la celebración de la Eucaristía utilizando el Missale Romanum de 1962 (cf. Traditionis custodes art. 3 §2);
la concesión de la licencia a los sacerdotes ordenados después de la publicación del Motu proprio Traditionis custodes para celebrar con el Missale Romanum de 1962 (cf. Traditionis custodes art. 4).
Como establece el art. 7 del Motu proprio Traditionis custodes, el Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos ejerce la autoridad de la Santa Sede en los casos arriba mencionados, vigilando la observancia de cuanto está dispuesto.
Si un obispo diocesano hubiera concedido dispensas en los dos supuestos arriba mencionados, está obligado a informar al Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, que evaluará los casos individuales.
Además, el Santo Padre confirma -habiendo expresado ya su asentimiento en la audiencia del 18 de noviembre de 2021- lo establecido en las Responsa ad dubia con las Notas explicativas anexas del 4 de diciembre de 2021.
El Santo Padre ha ordenado además que este Rescripto se publique en L'Osservatore Romano y, posteriormente, en el comentario oficial de las Acta Apostolicae Sedis.
En el Vaticano, 20 de febrero de 2023
Cardenal Arthur Roche
Prefecto
Original en italiano. Traducción al español de la redacción de Iuscanonicum.org.