El Santo Padre Francisco, en la Audiencia concedida al infrascrito Cardenal Secretario de Estado y al infrascrito Cardenal Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el 4 de octubre de 2019, ha decidido introducir los siguientes cambios en las “Normae de gravioribus delictis” reservados al juicio de la Congregación para la Doctrina de la Fe, a los que se refiere el Motu proprio Sacramentorum Sanctitatis Tutela”, de San Juan Pablo II, del 30 de abril de 2001, tal como fueron enmendadas por el Rescriptum ex Audientia SS.mi, del 21 de mayo de 2010, firmado por el entonces Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el Cardenal William Levada:
Artículo 1
2. El art. 6 § 1, 2° del Sacramentorum Sanctitatis Tutela se sustituye en su totalidad por el texto siguiente:
“la adquisición o posesión o divulgación, con un fin libidinoso, de imágenes pornográficas de menores de dieciocho años por parte de un clérigo, de cualquier forma y por cualquier medio”.
Artículo 2
§1 - El art. 13 del Sacramentorum Sanctitatis Tutela se sustituye en su totalidad por el texto siguiente:
“Funge de abogado y procurador un fiel, doctorado en derecho canónico, aprobado por el presidente del colegio”.
§ 2° - El art. 14 del Sacramentorum Sanctitatis Tutela se sustituye en su totalidad por el texto siguiente:
“En los otros tribunales, sin embargo, para las causas de las que tratan las presentes normas, pueden desempeñar válidamente los oficios de juez, promotor de justicia y notario solamente sacerdotes”.
El Santo Padre ha ordenado que este Rescriptum se publique en L'Osservatore Romano, así como en el Acta Apostolicae Sedis, entrando en vigor el 1 de enero de 2020.
Vaticano, 3 de diciembre de 2019
Pietro Card. Parolin
Secretario de Estado
Luis Francisco Card. Ladaria
Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe
Original en italiano, traducción al español de la página web de la Santa Sede